La Junta de Extremadura impulsa decididamente la construcción de viviendas de protección oficial de régimen general, financiando su adquisición con ayudas de alcance general en función de los ingresos acreditados y de las circunstancias personales del comprador (jóvenes, familias o unidades de convivencia con hijos y familias o unidades de convivencia de especial protección).
La vivienda de protección oficial de régimen general está destinada a adquirentes o adjudicatarios con rentas medias y bajas. Para acceder a la propiedad de la vivienda el tope de ingresos se sitúa en 4,5 veces el IPREM, que es el mismo tope que para la obtención de las ayudas estatales, pues para la obtención de las ayudas directas autonómicas los ingresos no deben superar 3,5 veces el IPREM, en ambos casos debe tratarse de primer acceso a la vivienda. Las ayudas autonómicas se podrán descontar del precio de venta que figura en el propio contrato de compraventa, si así lo solicita el promotor y el comprador.
El precio máximo de venta de la vivienda, que regirá durante todo el plazo de protección, se establece en función de la zona geográfica donde radica la vivienda y se actualiza regularmente por la Junta de Extremadura.
. Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo. Gobierno de Extremadura
Para dudas y consultas escriba a fomento.info@juntaextremadura.net