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03 Información a Empresas

Rehabilitación de Viviendas / Ayudas

1. AYUDAS AUTONÓMICAS

 

Actuaciones protegidas AYUDA (*)
Sin protección preferente 10%
Con protección preferente Edificio de Interes Histórico 30%
Rehabilitación excepcional 30%
Áreas de Rehabilitación. Decreto 47/1997 30%
Cubiertas y servicios higiénicos 30%
Accesibilidad y adaptabilidad 50%
Mejora eficiencia energética 30%
Adquisición 5%

(*) Con carácter general la ayuda autonómica se hallará aplicando el porcentaje que proceda al presupuesto protegido. En actuaciones protegidas de adquisición (5%) el porcentaje de ayuda se aplica sobre el precio de adquisición de la vivienda, y se calculará sobre un máximo de 120 metros cuadrados de superficie útil de la vivienda o edificio de una sola vivienda objeto de la compraventa cuando su superficie real sea superior.

En el caso de compraventa de vivienda para su inmediata rehabilitación, la actuación debe ser llevada a cabo por el promotor para uso propio y debe cumplir además los siguientes requisitos:

  • El precio de compraventa por metro cuadrado no debe superar el de una vivienda protegida de régimen general en la zona.
  • El presupuesto de rehabilitación debe ser superior al 40% del precio de compraventa.
  • La rehabilitación debe solicitarse en un plazo no superios al año desde la fecha de compraventa.

Protección Preferente

Son modalidades de protección preferente:

  • La rehabilitación de edificios de interés histórico-cultural, tipológico o arquitectónico.
  • Las actuaciones de rehabilitación requeridas para restablecer las condiciones de habitabilidad de las viviendas, y/o estructurales y funcionales del edificio, alteradas por circunstancias excepcionales o extraordinarias.
  • Las actuaciones cuyo objetivo principal sea la rehabilitación de cubiertas y/o la dotación de servicios higiénicos a aquellas viviendas que no los posean o que se encuentren en estado precario.
  • La rehabilitación de edificios o de viviendas en Áreas de Rehabilitación.
  • Las obras de accesibilidad y adaptabilidad de la vivienda o de zonas comunes de un edificio para garantizar su uso de manera autónoma por personas con minusvalía igual o superior al 33%, o cuya edad sea igual o superior a 65 años, que integren la familia usuaria de la vivienda o se encuentren a su cargo.
  • Las obras que tengan por objeto la reducción del consumo energético.

Ayudas a Jóvenes

La ayuda inicial, es compatible con la contemplada para jóvenes cuya edad a la fecha de la solicitud de ayudas,sea menor de 35 años, la cual consistirá en un incremento de un 7 por ciento del presupuesto protegido, sobre los porcentajes anteriores.

2. AYUDAS ESTATALES

Subvenciones

Beneficiarios IFP Subvención (1)
general máxima
Genérica > 65 años, discapacitados (2) Destino alquiler (3)
Promotor para uso propio ≤ 4,5 veces IPREM 25% 2.500€ 3.400€ 6.500€


(1) Los porcentajes se calculan sobre el presupuesto protegido.

(2) Las obras deben destinarse a la eliminación de barreras o adecuación de la vivienda a sus necesidades específicas.

(3) Destino alquiler por un plazo mínimo de 5 años

Cuando se trate de vivienda unifamiliar aislada y la actuación predominante en rehabilitación corresponda a obras de vivienda, la financiación será la que corresponde a esta modalidad.