La Junta de Extremadura impulsa decididamente la compraventa de viviendas usadas con ayudas destinadas a los jóvenes y a las familias con rentas medias y bajas.
El tope de ingresos para acceder al préstamo hipotecario convenido se sitúa en 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Ahora bien, tales ingresos no deben superar 4,5 veces el IPREM para el reconocimiento de las ayudas del sistema de primer acceso, ni 3,5 veces el IPREM para acceder a las ayudas complementarias.
A estos efectos , se considerán segundas o posteriores transmisiones, las que tengan por objeto viviendas protegidas que se hubieran destinado con anterioridad a arrendamiento (se exceptua las viviendas de promoción pública con destino a arrendamiento).
El procedimiento de ayudas se inicia mediante solicitud de visado y de ayudas, a la que habrá que adjuntar la documentación reglamentariamente exigida.
Si la resolución fuere estimatoria de las ayudas, aquella se condicionará a la efectiva disposición de préstamo convenido y a su acreditación por parte del interesado dentro del plazo de validez del visado, que será de un año a contar desde su expedición.
La compraventa de la vivienda existente o usada debe acomodarse a los requisitos reglamentariamente previstos, y entre ellos a los límites máximos de precio y superficie.