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Consejeria de Fomento

 

Adquisición Privada de Vivienda Usada / Introducción

Dirección General de Vivienda y Arquitectura

Adquisición Privada de Viviendas Usada

 

La Junta de Extremadura impulsa decididamente la compraventa de viviendas usadas con ayudas destinadas a los jóvenes y a las familias con rentas medias y bajas.

El tope de ingresos para acceder al préstamo hipotecario convenido se sitúa en 6,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Ahora bien, tales ingresos no deben superar 4,5 veces el IPREM para el reconocimiento de las ayudas del sistema de primer acceso, ni 3,5 veces el IPREM para acceder a las ayudas complementarias.

 

Las viviendas objeto de protección son las siguientes

  • Las viviendas libres adquiridas a título oneroso en segundas o posteriores transmisiones.
  • La adquisición onerosa, en segunda o posterior transmisión, de viviendas sujetas a regímenes de protección pública.

          A estos efectos , se considerán segundas o posteriores transmisiones, las que tengan por                objeto viviendas protegidas que se hubieran destinado con anterioridad a arrendamiento (se               exceptua las viviendas de promoción pública con destino a arrendamiento).

  • La adquisición de viviendas libres de nueva construcción, cuando haya transcurrido el plazo de un año, como mínimo, entre la expedición de la  licencia de primera ocupación, el certificado final de obra o la célula de habitabilidad, según proceda, y la fecha del contrato de compra o compraventa.
  • La adquisición de viviendas rurales usadas, entendiendo por tales, aquellas  cuya superficie útil no exceda de 120 metros cuadrados y sean adquiridas en municipios o núcleos de población que no superen los 10.000 habitantes de derecho.
  • Las viviendas libres a la que se refiere el apartado 2,c) de la disposición transitoria primera del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, Plan de Vivienda 2009-2012.

El procedimiento de ayudas se inicia mediante solicitud de visado y de ayudas, a la que habrá que adjuntar la documentación reglamentariamente exigida.

Si la resolución fuere estimatoria de las ayudas, aquella se condicionará a la efectiva disposición de préstamo convenido y a su acreditación por parte del interesado dentro del plazo de validez del visado, que será de un año a contar desde su expedición.

La compraventa de la vivienda existente o usada debe acomodarse a los requisitos reglamentariamente previstos, y entre ellos a los límites máximos de precio y superficie.